El 22 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.571 (la cual regula el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales, la “Ley Net Billing”), en virtud de la cual se permite a los clientes eléctricos residenciales generar energía para consumo propio, inyectar al sistema eléctrico los excedentes de energía no consumida y recibir pagos por dicha inyección. En virtud de la referida Ley Net Billing se incorporaron los artículos 149 bis, ter, quáter y quinquies a la Ley General de Servicios Eléctricos (“LGSE”). De acuerdo al artículo transitorio de esta ley, su entrada en vigencia quedó supeditada a la publicación de su respectivo reglamento (Decreto N°71/2014, del Ministerio de Energía, el “Reglamento”), hecho que sucedió el pasado 6 de septiembre de 2014, y cuya vigencia de acuerdo a su artículo primero transitorio comienza una vez transcurridos 30 días hábiles desde su publicación. En consecuencia, la entrada en vigencia del Reglamento se produjo el día 21 de octubre de 2014. Con la entrada en vigencia de estas dos normativas, entra también en vigencia en Chile el mecanismo de generación eléctrica distribuida denominado internacionalmente como Net Billing.
Chilectra: El 22 de octubre del 2014 entró en vigencia la ley 20.571 para la Generación Distribuida Principal función: otorgar el derecho a los clientes de las distribuidoras a generar su propia energía, autoconsumirla e inyectar sus excedentes a la red. Agentes involucrados: usuario o cliente final con equipos de generación cuya capacidad sea inferior o igual a 100kW en baja tensión y la Empresa Distribuidora de Energía (Chilectra). Sobre la instalación: Debe ser hecha por personal acreditado por la SEC y declarada ante la misma institución por el usuario o cliente final. Chilectra pone en servicio o supervisa la conexión. Se debe celebrar la firma de contrato de conexión entre el usuario o cliente final y Chilectra.